Pensión para familiares

Por fallecimiento de profesional

Ante el fallecimiento de un profesional jubilado/a de la institución existe la posibilidad de gestionar una pensión para familiares.

En caso de tratarse de un profesional en actividad con afiliación activa a la Caja, se podrá gestionar este beneficio cumpliendo ciertos requisitos. Es importante recalcar que se debe contar con la matrícula activa para el año en curso y, como mínimo, 4 años de continuidad inmediata anterior en el Sistema Jubilatorio al momento de ocurrir el hecho. 

A su vez, para obtener el beneficio de pensión, no se debe registrar deuda en el régimen jubilatorio de la institución al momento de solicitarlo.

¿Quiénes pueden acceder al beneficio de pensión?
  • Podrá ser solicitada por el viudo o viuda del causante.
  • En caso de concubinato, el/la conviviente también podrá acceder al beneficio siempre y cuando acredite la convivencia (durante los últimos 5 años anteriores al fallecimiento, plazo que se reduce a 2 años, si poseen hijos/as en común). 
  • Hijo/s y/o hija/s menores de 21 años.
  • Hijo/s y/o hija/s que acrediten estar incapacitados/as para el trabajo y a cargo del causante, al momento del fallecimiento. 

Desde la Caja, estamos para ayudarte y sacar tus dudas. Para consultas personales sobre este tema, contactarse a [email protected].

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