Jubilación por incapacidad

Beneficios previsionales

El beneficio de pensión o jubilación por incapacidad está destinado a profesionales en actividad con afiliación a la Caja, que posean una afección por la que no puedan ejercer su laborar profesional, de manera temporal o definitiva.

Para gestionar la pensión por accidente o enfermedad, es necesario tener la matrícula activa para el año en curso y, como mínimo, 4 años de continuidad inmediata anterior en el Sistema Jubilatorio al momento de ocurrir el hecho. 

Es importante recalcar que para obtener este beneficio no se debe registrar deuda en el sistema jubilatorio de la institución al momento de solicitarlo.

¿Cuáles son los requisitos?
  • No registrar deuda de aportes jubilatorios con la Caja.
  • Tener la matrícula activa para el año en curso y contar con (al menos) cuatro años de aportes personales continuos e inmediatos al momento del suceso. 
  • Previamente al pedido, se deberá solicitar la conformación de una junta médica que determine si la persona está en condiciones de iniciar la solicitud de jubilación. El porcentaje de incapacidad determinado por la junta médica debe ser igual o mayor al 66% obtener el beneficio. 

Además, todas las personas que accedan a la jubilación podrán seguir disfrutando de los Beneficios Hoy.

Desde la Caja trabajamos día a día para acompañar a los y las profesionales en todas las etapas de su vida laboral. Estamos para asesorarte en lo que necesites, escribinos a [email protected] por cualquier consulta.

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